Este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479 numeral 1° y artículo 500 primer aparte y numerales 1, 2, 3 y 4 de dicha norma ambos artículos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 272 del Texto Constitucional CONCEDE el Beneficio de DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, al penado RUBEN ANTONIO ZAPATA SUAREZ, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 19.239.899, nacido en fecha 05-05-1984, residenciado en la Urb. Cumanagoto Primero, vereda A, casa 21, Cumaná, Estado Sucre, condenados a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias legales por la comisión del delito de: ROBO GENERICO previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal; por estimar que reúne los extremos de Ley, exigidos en los artículos.....