Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos: Erick Ranyamint Castillo, quien dijo ser Venezolano Mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 17.907.915, nacido en fecha: 21-11-87, oficio: Buhonero, domiciliado en: Segunda calle de la Cortada de Catia, Casa n° 63, Municipio Libertador Caracas y Cuarta calle de la vivienda de Playa Grande, casa s/n, cerca de una bodega, Carúpano Estado Sucre , hijo de: Rosa Maria Molina y Jesús Castillo; y Mari Cruz Guevara, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento: 11-09-69, de 35 años de edad, de profesión: Comerciante, identificado con cedula de Identidad N° 10-881.595, hijo de: Mirian Josefina Guevara y Cruz Enrique Larez, con residencia: Sector Campo Ajuro, calle principal, casa n° 69, Carúpano Estado Sucre, po.....