DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA: MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano: al ciudadano CARLOS EDUARDO TAVARES ROQUES, venezolano, natural del Maturín Estado Monagas, de 24 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.622.799, fecha de nacimiento: 05/01/87, de profesión u oficio: Estudiante, hijo de Felicia Roque y Pedro Tavares, domiciliado en El Sector El Pujo Hato Romar 03, casa S/N, a 100 Mts. del Mercal, Playa Grande, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre; por estar presuntamente incursos en la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 de la.....