este TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud fiscal y decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra de los imputados JULIO CESAR MAGO RODRIGUEZ, venezolano, de 23 años de edad; titular de la cédula de identidad Nº V-18.776.065; de estado civil soltero, de ocupación estudiante; nacido en fecha 17/05/1989, hijo de los ciudadanos Humary de Mago y Julio Mago, residenciado en la Urbanización Brasil, sector 03, vereda 09, casa Nº 02, Cumaná, Estado Sucre (TLF:0293-44520836/ 0412-499.2046); y OSCAR ANTONIO MAGO MAGO, venezolano, de 25 años de edad; titular de la cédula de identidad N° V-18.776.616; de estado civil soltero, de ocupación estudiante; nacido en fecha 09/06/1987, hijo de la ciudadana Johana Mago, residenciado en la calle Cocollar, casa Nº 47, Cumaná, Estado Sucre (TLF:0293-4315.....