este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en decisión del Juez Nº 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN de la presente SEPARACIÓN DE CUERPOS y de BIENES, en DIVORCIO, en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos: ARIANNYS ELENA CORDERO HERNANDEZ y HECTOR JOSE MARTINEZ JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.885.592 y Nº V-13.248.627, respectivamente, de este domicilio asistidos por la abogada MARIA JOSE GREIGE B, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 105.964, con domicilio en esta ciudad, y una vez ejecutoriada la sentencia dictada, se acuerda oficiarlo conducente a la Primera Autoridad del Municipio Montes del Estado Sucre y al Registrador Principal respectivo, a los fines de dar cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 475 del Código Civil.-