Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Accidental de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Aumento de Pensión Alimentaria intentada por la ciudadana NUVIA DEL VALLE LAREZ TORCAT, asistida en este oportunidad por la abogada MAGDALENA QUIJADA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 65.551, a favor de los hermanos ROJAS LAREZ, en contra de su progenitor RONALD ROJAS, plenamente identificados en el encabezamiento de esta decisión, y en consecuencia se fija el monto de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000.oo) de Aumento de Pensión alimentaria, mas la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000.oo) mensuales, homologado por el Tribunal en fecha 04-12-2.003, para un total de SETECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 700.000.oo) mensuales, mas el 20% de cualquier otra remuneración, el 20% d.....