ESTE TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, Ratifica las Medidas de Protección y Seguridad impuestas por el órgano receptor, en contra del ciudadano GORGE LUIS ESPARRAGOZA BELMONTE, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.538.113, nacido en fecha 04-07-80, de 32 años de edad, soltero, profesión u oficio albañil, hijo de Agustín Esparragoza y Briseida Belmonte, residenciado en Boca de Sabana, Sector el Inan, N° 24, Cumana Estado Sucre, la cual se le iniciara por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana LUISA CECILIA ASTUDILLO ACEVEDO, establecidas en el artículo 87 Ordinales 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre del Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, consistente en: 5: L.....