ACUERDA practicar Computo Actualizado de la Pena en los siguientes términos: Definitivamente Firme como han quedado la sentencia dictada por el Extinto Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 18 de Mayo de 2000, cursante a los folios 68 al 85 de la Novena pieza, mediante la cual se CONDENÓ al penado VICTOR JOSE ARCIA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Número 8.645.784, por la comisión de los delitos de COOPERADOR INMEDIATO DEL DELITO DE HOMICIDIO, ROBO AGRAVADO, SECUESTRO Y VIOLENCIA Y RESISTENCIA ARMADA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 407, 460, 462 y 219 ordinal 1°, todos del Código Penal, a cumplir la pena de VENTICINCO (25) AÑOS, OCHO (08) MESES Y QUINCE (15) DIAS. De la revisión de las actuaciones se evidencia que cursa al folio 36 de la Primera pieza, copia de la Boleta de detención preventiva de fecha 20-11-1996, del penado VICTOR JOSE ARCIA, emitida por el Extinto Cuerpo Técnico de Policía Judicial y hasta la fecha 25-05-2005, habiendo .....