Por todo lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, que incoara la ciudadana MARIA ALEXANDRA REYES BARRETO, representada judicialmente por sus Apoderados Judiciales, Abogados JESUS MILANO M. y ROSARIO GONZALEZ, contra la empresa RESTAURANT ANASAMPERE, representada por la ciudadana ANA SAMPERE DE RAMOS, representada legalmente por el abogado FREDDY ROJAS, en su carácter de Defensor Ad Litem, ambas partes identificadas en autos.
En consecuencia, se condena a la parte demandada a cancelarle a la demandante, la cantidad de TRES MILLONES CINCO MIL SESENTA Y DOS BOLIVARES CON 22/100 (Bs. 3.005.062, 22), por concepto de prestaciones sociales y otros derechos, cuyos conceptos se encuentran discriminados en el libelo de la demanda, más la cantida.....