Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, solicitada por la Defensa a favor de los ciudadanos MARGARITO DEL VALLE BELLO y JOSKERY JOSE VILLARROEL, suficientemente identificados en las actas procesales; con fundamento en los artículos 244, 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión.-
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO
Abg. NOHELIA CARVAJAL
La Secretaria,
Abg. EMMA CASERTA