este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD en contra del ciudadano JOSÉ ANTONIO RAMOS, venezolano, de 47 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.708.302, fecha de nacimiento 01-05-60, soltero, de profesión u oficio constructor, hijo de Nicolás González y Omaira Ramos, residenciado en la Urbanización Cantarrana, Calle Paraíso, N° 38, Cumaná, Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Cambio Ilícito de Placa de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley que rige la materia, consistente en presentaciones periódicas cada 30 días por un lapso de Seis (6) meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Se acuerda que el presente proceso se instruya por el procedimiento ordinario. Se acuerda la libertad en e.....