Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del ciudadano: RENE ANTONIO HERNANDEZ BRITO, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, del estado Sucre, de 23 años de edad, nacido en fecha: 06/03/1992, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 26.600.896, pescador, hijo de José Hernández y Isabel Brito, Playa de sal, sector matadero, casa S/N, cerca de la playa, Carúpano Municipio Bermudez, Estado Sucre, en la causa penal seguida en su contra por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218, del Código penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se decreta la Aprehensión en Flagrancia y se acuerda se ventile el proceso por la vía del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en los artículos.....