En mérito de lo expuesto este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley ACUERDA DESIGNAR DEFENSOR PRIVADO, al Abogado MIGUEL JOSÉ MALAVÉ MATA venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.953.961, inscrita en el inpre abogado bajo el número 46.269, con domicilio procesal en el Edificio Rental Acosta Montaño, piso 01, oficina 01, calle Carabobo, Carúpano, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre; dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 654 Literal "C" y 657 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines de continuar con la investigación en la CAUSA Nº MP-100069-2014,, nomenclatura de ese despacho, seguida a la Adolescente OMISSIS; quien es investigado por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, en perjuicio de la Adoles.....