este Tribunal de Ejecución del sistema Responsabilidad Penal del Adolescente, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 647 literal “e” de la Ley Especial ACUERDA DECLARAR CON LUGAR LA SUSTITUCIÓN DE LA SANCIÓN DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD al sancionado FÉLIX MANUEL BRITO, venezolano, natural de Cumaná Estado sucre, nacido en fecha 08-12-1986, de 19 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 17.214.452 y residenciado en caiguire, calle campo alegre, casa S/N, detrás de la farmacia Santa Ana, cerca de la licorería la sagrada familia, por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal vigente para el momento de los hechos , en perjuicio de Jonás Andrés Rodríguez Oliveros (occiso) Y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, ROBO AGRAVADO, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERT.....