Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: SIMON BELTRAN AMAIZ HERNANDEZ, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de 37 años de edad, nacido en fecha 29-12-1976, casado, titular de la Cédula de Identidad Número V- 12.740.439, mecánico, hijo de Simón Beltrán Amaiz Rodríguez y Carmen Hernández y residenciado en Av. Cancamure transversal los Chaguaramos calle Principal, casa sin numero, sector San Miguel, cerca de los chinos, Cumaná Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en los artículos 43 concatenado con el artículo 68 numeral 6 de la Ley Especial y 80 y 82 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de ALEYDIMAR TERESA FIGUEROA HERNANDEZ. Se Declara improcedente la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libert.....