Por los motivos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por el abogado FRANK A. OCANTO MUÑOZ venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.643.936, en su carácter de Juez Superior del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Transito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 16/07/19.-