Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición propuesta por la abogada AZUCENA MATA, en su carácter de Jueza titular del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de este Circuito y Circunscripción Judicial, en el juicio de divorcio incoado por el ciudadano José Angulo, titular de la cédula de identidad número: 9.459.242, asistido del abogado Jaime Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 46.207, contra la ciudadana Inés García, titular de la cédula de identidad número: 12.741.822, asistida del abogado Guillermo Tineo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 30.733. Así se decide.