Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA: LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano LUIS ENRIQUE HOSPEDALES MARCHAN, quien dijo ser venezolano, natural de Campo Claro de Irapa Municipio Mariño, del Estado Sucre, de 26 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 19.124.613, no sabe en que fecha nació, hijo de Gertrudis Marchan y Luís Hospedales, domiciliado en: Campo Claro, calle José feliz Rivas casa S/N, cerca del cementerio de de Irapa Municipio Mariño Estado Sucre, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, numerales 1°, 2° y 3°; 251, numerales 2° y 3°, y 252 numeral 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el.....