En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, al ciudadano ALEXIS JOSE GAMARDO CASTAÑEDA, venezolano, de 20 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 22.628.233, ayudante de albañilería, soltero, residenciado en Barrio Bolivariano viejo, los Apures, casa sin numero, cerca de la Gallera el Tamarindo, Cumaná, Estado Sucre ó en el Barrio Bolivariano viejo, los Apures, casa sin numero, cerca de la Gallera "El Tamarindo", Cumaná, Estado Sucre, de conformidad con lo previsto en el ordinal 1° del artículo 318, del Código Orgánico Procesal Penal.