por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los Ciudadanos ALEXANDER JOSE LAREZ VARGAS, venezolano, natural de Carúpano estado sucre, de 28 años de edad, nacido en fecha 11-07-1987, titular de la Cedula de Identidad, V- 19.189.130, soltero, de profesión u oficio taxista, hijo de Iris Vargas y Alexis Vargas, residenciado en la Rinconada de Playa Grande, calle los jardines, casa S/N, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 175 del Código Penal, en Perjuicio de ENMANUEL .....