Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Penal De 1ra Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Nº 04, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos HENRY JOSE GUERRA PEREZ, Venezolano, natural de Guiria Municipio Valdez, Titular de la Cedula de Identidad N°V. V- 23.550.212, de 19 años de edad; nacido el 23-10-94, soltero, profesión u oficio: Agricultor, hijo de Ines Milagros Pérez y Jorge Luís Guerra y Residenciado en: El Hoyo, calle Blanca, casa S/n, cerca de la plaza Chávez, Municipio Valdez del Estado Sucre, y LUIS JOSE GUERRA PEREZ; Venezolano, natural de Guiria Municipio Valdez, Titular de la Cedula de Identidad N°V. V-20.565.362, de 23 años de edad; nacido el 05-05-1990, soltero, profesión u oficio: Agricultor, hijo de Inés Milagro Pérez y Jorge Luís Guerra y Residen.....