Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial del Estado Sucre, extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al imputado: Neomar José Barreto Hernández, venezolano, de 22 años de edad, natural de Carúpano, nacido el 19-06-86, soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nº 19.708.866, hijo de Nicolasa Hernández y Pedro Barreto domiciliado en: Guayacán de las Flores sector 1 vereda 53, casa numero 15 Carúpano Estado Sucre. Por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Lesiones Personales, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código penal, en perjuicio de los ciudadanos José García y Leudys Lugo, consistente en presentación de cada treinta (30) días por el lapso de seis (06) meses, por ante la unidad de alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal; .....