DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a dictar su decisión en los siguientes términos: CONDENA al acusado Danny Daniel Ramos Espinoza, quien es venezolano, mayor de edad, natural de Guiria, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, nacido el día: 26 de Diciembre de 1.982, de 25 años de edad, de oficio obrero, titular de la cédula de identidad numero: V-19.124.890, hijo de Casilda Margarita Espinosa y Flor Danilo Ramos, y residenciado en la Segunda Calle de la Frontera, las Delicias, casa S/N, la casa esta ubicada antes de una antigua gallera, Guiria de la Costa, Estado Sucre , a cumplir la pena de Dos (02) Años y Cuatro (04) días y Ocho (08) Horas de Prisión, mas las penas accesorias de Ley, la cual como fecha probable de culminación deberá ser a las ocho de la mañana, de día 20 de Octubre de 2009, todo de conformidad con .....