este Tribunal Segundo en Funciones de Control, en presencia de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, acuerda la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del ciudadano JEAN PABLO OYOQUE OTERO, venezolano, natural de Cumaná, nacido en fecha 12-03-1984, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Mecánico, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.816.665, hijo de Dianota Oyoque y Williams Otero, residenciado en La Urbanización Cristóbal Colón, Primera Etapa, Segunda Calle, frente a la Bodega de Chito, cerca del módulo Policial, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, y en consecuencia se ordena su inmediata libertad la cual se hace efectiva desde la sala de audiencias, instruyéndose al imputado y la defensa, de que deberán someterse al proceso que se sigue en su contra durante la etapa de investigación. Visto que el ciudadano JEAN PABLO OYOQUE OTERO, mostró en sala de audiencias evidencia de les.....