Acuerda LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del imputado EDUARDO LUIS ALCALÁ GONZÁLEZ, quien es Venezolano, de 20 años de edad, de estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad número 19.315.355, hijo de Luisa Del Valle Alcalá y Pablo González, residenciado en: la cuarta calle del Lirio, casa sin número, de la Bodega de Fernando hacia abajo, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a quien se le sigue proceso penal por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien, en virtud de que consta al folio número 7, acta de investigación penal, suscrita por el funcionario Robert Ramos, adscrito al CICPC, Sub delegación Estadal Carúpano, en la cual deja constancia que el ciudadano Alcalá González, Eduardo Luís, presenta solicitud por el Tribunal Segundo de Control de Res.....