DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano RENE RAFAEL MADRID FERRER, natural de Carúpano, Estado sucre, de 3 años de edad, fecha de nacimiento 20/07/1983, titular de la Cedula de Identidad Número V- 18.415.381, Obrero, hijo de Nancy Ferrer y Silvino Madrid, domiciliado en Macarapana, Sector Valle Alto, Calle, Casa s/n, cerca del Bombeo de Agua, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por estar incurso en la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal Venezolano,.....