Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad del Adolescente, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, impone del auto de ejecución a los adolescentes xxxxxxxx, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad N° xxxxxxxxx, de 16 años de edad, soltero, de ocupación u oficio jardinero, natural de Cumaná, nacido en fecha 19-02-94, hijo de xxxxxx y xxxxxxxx, residenciado en xxxxxxxxx;; y xxxxxxxxxx, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad N° xxxxxxx, de 16 años de edad, soltero, de ocupación u oficio jardinero, natural de Cumaná, nacido en fecha 05-07-94, hijo de xxxxxxxx y xxxxxx, residenciado en xxxxxxx; quienes fueron sancionados a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso de Dos (02) años, por la comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Cooperadores inmediatos, previsto en el artículo 458 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, cometido en .....