ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PRIVADO, en el presente asunto seguido al ciudadano ROSBI JOSE GONZALEZ AMARISTA, venezolano, natural de Carúpano, de 18 años de edad, nacido en fecha 26-01-1996, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 25.622.849, agricultor, hijo de Norby González y Rosa Maria Amarista, residenciado en Vía Guarauno, Calle Principal, Casa S/N, cerca de la escuela de Caño de Ajíes, Municipio Benítez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 43 en su tercer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia con la Agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la niña "Omisis"