DISPOSITIVA
Visto que el Acusado manifestó a viva voz no querer acogerse al procedimiento por Admisión de los Hechos; este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, Ordena: La Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido las Acusadas: Maribel Del Carmen Jiménez, venezolana, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.174.986, nacida en fecha 26-03-1977, de 35 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio obrera, hija de Dilia Jiménez y Cruz Farias, y residenciada en el Sector Punta de Mata, Avenida Perimetral, Comunidad Simón Bolívar, Calle Carabobo, Casa Nº 5, Estado Monagas, y Yismary Manuela López Caraball.....