Este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando como Juzgado Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por no haber quedado suficientemente demostrado con las pruebas recibidas en juicio la autoría del acusado de autos, ABSUELVE al acusado ciudadano ALEXANDER JOSÉ CABELLO CABELLO, titular de la cédula de identidad N° 20.063.851, de 24 años de edad, natural de Cumaná, nacido en fecha 16-01-88, soltero, hijo de Paula Cabello, de oficio ayudante de albañil, residenciado en Cascajal Viejo, calle INOS, casa S/N°, cerca de HIDROCARIBE, Cumaná, Estado Sucre; a quien se le iniciara la presente causa, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA y ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 1 y 458, respectivamente, ambos, del Código Penal, en perjuicio de quien en vida se llamara CÉSAR DANIEL MARTÍNEZ RONDÓN.. En virtud de que se publica el.....