Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA al ciudadano Marconis Rafael Rausseo Subero, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.074.528, edad 31 años, de oficio agricultor, nacida en fecha 16-03-75, hija de Juan Rausseo y Viviana Subero y domiciliado en: La Avenida Sucre, casa S/N, Yaguaraparo, Municipio cajigal, del Estado Sucre; Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, quien deberá presentarse cada 15 días, por el lapso de 6 meses por ante la Comandancia de Policía del Municipio Cajigal, a partir de la presente fecha y se le prohíbe el acercamiento al lugar de trabajo o residencia de la víctima; ello de conformidad con lo establecido en el artículo 39 ordinales 9 y 5, de la Ley Sobre la Violencia Contra La Mujer y La Familia; por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionados en el artículo 17 de la Ley que rige la materia.