DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano EDWIN JOSE RAMIREZ CEDEÑO, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 27 años de edad, fecha de nacimiento 25/11/1988, titular de la Cedula de Identidad Número V-18.213.047, soltero, comerciante, hijo de Eusebio Ramírez y Miriam Cedeño, domiciliado en San Martín, Sector Las Acacias, Calle los Jardines, Casa s/n, cerca de la Escuela Maria Reina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Estado Sucre, por estar incurso en la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO,.....