este Tribunal Tercero de Control, en presencia de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de La Ley, decreta la libertad sin restricciones de los imputados JOSÉ GREGORIO DÍAZ RODRÍGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-25.983.229, soltero, nacido en fecha 22/11/1991, natural de Cumaná, de 22 años de edad, hijo de Luisa Rodríguez y José Rosario Rivero, de profesión u oficio comerciante, residenciado en Brisas del Manzanares, calle principal, casa S/N°, a 5 metros del taller, Cumaná, Estado Sucre; teléfono 0414-810.56.01; y ÁNGEL RAMÓN VÉLIZ, venezolano, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad n° V-18.212.924, natural de Cumaná, nacido en fecha 30-05-82, hijo de Zenaida Véliz y Ramón Marcano, de profesión u oficio obrero, residenciado en la Llanada, Sector 03, vereda 80, casa N° 09, Cumaná, Estado Sucre; teléfono 0414-826.83.21; la cual se les iniciara por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, .....