Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, impone del auto de ejecución a los ciudadanos xxxxxxxxxxx, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad N° xxxxxxxxx, de 14 años de edad, soltero, de ocupación u oficio obrero, natural de La xxxxxxxx, Estado xxxxx, nacido en fecha 11-09-95, hijo de xxxxxxxxx y xxxxxxxx, residenciado en xxxxxxxxxx y xxxxxxxxxx, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad N° xxxxxxxxx, de 16 años de edad, soltero, de ocupación u oficio obrero, natural de Cumaná, nacido en fecha 27-11-93, hijo de xxxxxxx y xxxxxxxxxxx, residenciado en xxxxxxxxxxx; quienes fueron sancionados a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso de un (01) año, por la comisión del delito de robo agravado en grado de fustracción, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en relación con el artículo 8.....