Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Sexto de Control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud fiscal y DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano VICTOR ALFONSO VERA VEGA, venezolano, nacido en fecha 09-08-1994, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 23.805.467, hijo de Santa Vera y de Domingo Vega, soltero, de oficio Agricultor, residenciado en la Aricagua, Sector Paraguas, Casa S/N, Municipio Montes, Estado Sucre., por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE CON EXCESO EN LA DEFENSA, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el artículo 66 ambos del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano EDUIN JOSE VELIZ HERNANDEZ (OCCISO). Todo de conformidad con el artículo 250 numerales 1, 2 y 3, y artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal; declarándose en consecuencia sin lugar lo soli.....