Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se Declara Incompetente por razón del Territorio, para oír al Imputado CARLOS RAFAEL RENAULT MARTINEZ., quien es venezolano, Natural de Carúpano, Estado Sucre, titular de la cedula de identidad N° 10.884.928, nacido en fecha 26/09/1971, de 38 años de edad, hijo de: Rafael Renault y Aleidis Martínez, y con domicilio en: Sector la Marina, de Playa Grande, casa s/n, frente a la playa, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 57, 61, 67 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con el artículo 49 numeral 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, se acuerda librar Oficio al Jefe de la Sub Delegación del Cuerpo de Investigaciones C.....