Este Tribunal Cuarto de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta Privación Judicial preventiva de libertad del imputado Jesús Manuel Mata, Venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.897.286, de oficio pescador, domiciliado en calle la principal de Primero de Mayo, Casa sin numero, hijo de Apolinar Marcano y Rosa Melania Mata, por la existencia del delito de Desvalijamiento de Vehículos, previsto y sancionado en el articulo 3 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículos en perjuicio de los ciudadanos Germán Martínez y José Querales, y su presunta participación en el mismo. Todo de conformidad con lo establecido los ordinales 1, 2 y 3 del artículo 250, 251 ordinales 2°, 3° y 5° y el artículo 252 ordinal 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal existe el peligro de obstaculización en la búsqueda de la verdad, por cuanto el imputado podrían influir en los testigos para.....