le ACUERDA al imputado ALEXANDER JOSÉ ROMERO RODRIGUEZ, venezolano, natural de Cumaná Estado Sucre, en fecha 04-07-1985, de 20 años de edad, soltero, vendedor de frutas, titular de la cédula de identidad N°. 17.213.104 Y residenciado a una cuadra de la clínica Figuera, Sector el Pui Pui, de esta ciudad, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, consistente en presentaciones periódicas cada ocho (08) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por un lapso de 6 meses a partir de la presente fecha, y la prohibición de salir de la Jurisdicción del Estado Sucre, todo de conformidad con el Artículo 256, ordinales 3° y 4°, del COPP. Líbrese, en consecuencia, boleta de libertad anexo oficio a la Comandante de Policía del estado Sucre y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal a la Fiscalía Undécima del Ministerio Público, y expídanse copias simples a las Fiscalía y defensa de la presente acta, en virtud de esta decisión fue dictada en audiencia en audienc.....