En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescentes, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con Lugar lo solicitado por la Representante del Ministerio Público y la Defensa Pública Penal y en consecuencia acuerda la libertad bajo la medida cautelar contenida en el literal B del artículo 582 Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, sometiendo a los adolescentes XXX, venezolano, de 14 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No XXXX, nacido en fecha 27-02-1992, de oficio estudiante, hijo de Marianela Chacón Fernando Hernández, residenciado en XXXXX, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, XXXXX, venezolano, de 13 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No XXXXXXXX, nacido en fecha 21-08-1993, de oficio estudiante, hijo de Geovanny Carvajal Y Leyda Rodríguez, residenciado en la XXXXXXX, de esta ciudad de Cuman.....