DECISIÓN
Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD en contra de los imputados de los imputados: CARLOS ALEXANDER SUCRE venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.065.752, soltero, sin oficio, residenciado en el Sector El Hueco, casa S/N°, Santa Fe Parroquia Raúl Leoni del Estado Sucre, y imputado JORGE CELESTINO HERNADEZ., venezolano, de 40 años de edad, titular de la cedula de identidad N° º 9.883.405, soltero, sin oficio definido, residenciado en la recta de Limonar Santa Fe, casa N° 18, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HURTO, previsto y san.....