Por las razones antes expuestas, y con fundamento en las normas anteriormente citadas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el Abogado Tomas Eduardo Brito Smith, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.813, en su carácter de Apoderado Judicial del Ciudadano Rudy Rodríguez, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.347.645, contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre en la presente causa en fecha 17 de Agosto del 2021.
SEGUNDO: INADMISIBLE, la demanda por el Procedimiento de Intimación, interpuesta por el Abogado Tomas Eduardo Brito Smith, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.....