Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA: LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: LUIS ANTONIO JIMENEZ GONZALEZ, venezolano, Natural de Carúpano, del Estado Sucre, de 29 años de edad, estado civil: Soltero, Cedula De Identidad 18.205.724, de oficio: pescador, nacido el 15-04-83, hijo de luisa Jiménez y Héctor González, domiciliado en: Playa de Sal, Sector el Matadero, casa sin numero, en un rancho ubicado, cerca del matadero. Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, Por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de Robo Propio en Grado de Tentativa, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en relación con el 80 y 83 de la misma norma; y Tentativa de Robo de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en e.....