TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: Señala el Art. 250 del Código Orgánico Procesal Penal, que el fiscal deberá presentar acusación, solicitar el sobreseimiento o en su defecto solicitar el archivo de las actuaciones dentro de los 30 días siguientes al día en que se acuerda la privación al imputado de autos, y que dicho lapso podrá ser prorrogado por una máximo de quince días más, y el fiscal podrá solicita la prorroga legal dentro de los cinco días antes de que vence el lapso de los treinta días antes indicado, este Juzgado procede a analizar si se cumplieron con esos requisitos al ciudadano ANDRY JOSÉ MAYZ VELÁSQUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad V-14.008.414, de 30 años de edad, nacido el 10-05-1.978, de profesión u oficio obrero, de estado civil casado, residenciado en: la Urbanización Las Palomas, Calle el Venado, Casa S/N°, cerca del taller mecánico del señor Víctor, Cumaná, Estado Sucr.....