Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera quien aqui decide que la solicitud de privación judicial preventiva de libertad, hecha por el Representante del Ministerio Público, puede ser sastifecha con la aplicación de una medida menos gravosa, como lo es la medida cautelar sustitutiva de libertad, en consecuencia este TribunaL Quinto de Control Acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, con Fiadores, al imputado Egduar José Acosta Herrera, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad N° 19.497.764, de 18 años de edad, Trabaja en el muelle de Guiria, residenciado: valle verde, calle los Márquez, Guiria. Y en Guatire, las Barrancas, calle Juan de Dios, casa 36. Estado Miranda y quien dijo ser hijo de: Germán Acosta y Omaira Herrera, en virtud de encontrarlos incursos en la comisión de los delitos de Resistencia a la autoridad, porte ilícito de arma de fuego, agavillamiento y hurto, p.....