´Con fundamento a los motivos de hecho y de derecho ya expuestos, conforme a lo alegado y probado en autos por la parte demandante, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de EXTINCION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por el ciudadano: JOSÉ GREGORIO FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.381.872, domiciliado en el Sector El Calvario frente a la RAIC, casa sin número, Marigüitar Municipio Bolívar del Estado Sucre, asistido por el Abogado en Ejercicio ANDRÉS PORFIRIO FIGUERA ZAPATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V 8.644.092, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el número 300.180, contra la ciudadana: OLIMPIA EUGENIA.....