El Juez deberá rebajar la pena aplicable al delito desde un tercio a la mitad de la pena que ha debido imponerse atendidas todas las circunstancias, tomando en consideración el bien jurídico afectado y el daño social causado, motivando adecuadamente la pena impuesta, si se tata de delitos en los cuales haya habido violencia contra las apersonas y en los casos de delitos contra el patrimonio público o previsto en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas…”; considerando este Tribunal rebajar la pena en la mitad de la pena que en principio debía de imponerse, que al hacer la operación matemática correspondiente la pena a imponer en definitiva es de tres (03) años de prisión y así se decide. En merito de todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad Ley CONDENA a la acusada JUVENCIA CARVAJAL, de 86 años de edad, nacida el 14-07-1922, ocupación del .....