que este Tribunal Primero de Control, Administrando Justicia En nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, contra el imputado HERMES DE JESÚS CAMPOS GUILARTE, venezolano, natural de Casanay-Estado Sucre, casado, de oficio chofer, titular de la cédula de identidad N° 4.027.130, hijo de Josefina de Campos, y Luis Campos; residenciado en Guarito Dos (2), calle numero 5, vereda 24, casa número 12, frente al Liceo Mario Briceño Iragorry, Maturín, Estado Monagas, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, consistente en presentaciones cada ocho (8) días por un lapso de seis (6) meses, por la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal de Maturín, Estado Monagas; ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numeral 3 del COPP.