éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido al ciudadano Euclides Román González Suniaga, venezolano, de 41 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio funcionario policial, nacido el 28-02-66, titular de la Cédula de Identidad N° 8.979.781, hijo de Elarda Miguelina Suniaga y Rosendo Medina González y domiciliado en la Urbanización Hato Romar III, Casa N° H-15, Playa Grande, Carúpano, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Graves Culposas, previsto y sancionado en el artículo 415, en concordancia con el artículo 420, numeral 2, ambos del Código Penal, en perjuicio Francisco Oswaldo Silva Lopensa; en virtud de los hechos ocurridos el día 24-12-04,.....