Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda decretar la Detención Judicial Preventiva de Libertad contra el adolescente MPUTADO, de 16 años de edad, nacido el 20-03-1988, titular de la cédula de identidad 19.978.833, de ocupación estudiante, hijo de MARIA Y LUIS, domiciliado en esta ciudad de Cumaná, por la presunta comisión de los delitos que precalifica la Fiscalía como VIOLACIÓN, ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES previstos y sancionados en los artículos 375, 460 415 del Código Penal, a los fines de garantizar su comparecencia a la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídanse por Secretaría las copias simples solicitadas por la fiscal del Ministerio Público. Líbrese Boleta de detención. Líbrense los oficios respectivos y Boleta de tra.....