En atención a los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República, por Autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, del Asunto Penal, seguido al adolescente: OMISSIS, por la comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 375, del Código Penal Vigente, para la época en que se interpuso la denuncia, en perjuicio del niño: DARWIN JESÚS COVA COVA, indocumentado, venezolano, de 10 años de edad, para la fecha en que ocurrió el hecho, residenciado en el Sector Los Ranchos de Guayacán, Guiria, Estado Sucre, en virtud de que, el hecho objeto del presente proceso no se realizó: en consecuencia no se le puede atribuir al imputado y por consiguiente es evidente la falta de una condición necesaria para imponerle una sanción, al no existir bases para solicitar fundadamente su enjuicia.....